Tribunal General de la UE desestima recursos de Venezuela contra sanciones
Tribunal General de la UE desestima recursos de Venezuela contra sanciones
Tribunal General de la UE desestima recursos de Venezuela contra sanciones
Tribunal General de la UE desestima recursos de Venezuela contra sanciones
Desde la Redacción Hasta que caiga la tiranía
El Tribunal General de la Unión Europea desestimó este miércoles el recurso de Venezuela contra las sanciones, impuestas por esa instancia internacional desde 2017 ante el contexto de la crisis política que vive nuestra nación, donde se menoscaba la democracia y se violan los derechos humanos.
Esta sentencia, suscrita este miércoles, la corte con sede en Luxemburgo rechazó todas las alegaciones expuestas por Venezuela, la primera de éstas que el país tiene derecho a que el Consejo de la UE escuche sus argumentos antes de la imposición de las sanciones.
Para esta instancia, todo esto implica que el Consejo mantenga negociaciones internacionales con Venezuela, con lo que se perdería el objetivo: ejercer presión sobre el país latinoamericano para provocar un cambio en su comportamiento, reseña la agencia EFE.
Las medidas sancionatorias consisten en la prohibición de exportar a Venezuela equipos que se puedan utilizar para la represión interna y servicios relacionados con equipos militares.
Aclaran que por tratarse de sanciones individuales, sino de tipo general, Venezuela tampoco tenía el derecho a que el Consejo escuchase sus argumentos, determina la sentencia.
Este tribunal alega que el Consejo de la UE motivó la adopción de las sanciones y que, en el momento en que se aprobaron, pudo considerar que los actos de violencia y el uso excesivo de la fuerza, así como las violaciones de los derechos humanos y el menoscabo de la democracia en Venezuela, están más que corroborados y un alto riesgo de que se repitieran en el futuro.
Y rechazan que el Consejo de la UE necesite el consentimiento previo de la ONU para adoptar las sanciones y añadió que Venezuela no ha demostrado la existencia “de una práctica aceptada como derecho” que exija esta autorización.
Desestiman, además, los argumentos de Venezuela de que estas medidas restrictivas incumplen los acuerdos de la Organización Mundial del Comercio (OMC) y sean medidas extraterritoriales, pues según el TGUE, “las medidas restrictivas se refieren a personas y situaciones sometidas a la jurisdicción de los Estados miembros.
Es la segunda vez que el TGUE se pronuncia sobre este recurso. En 2019 desestimó por primera vez el caso, pero Venezuela recurrió ante la instancia superior, el Tribunal de Justicia de la UE y éste le devolvió el dossier, pidiéndole que volviera a pronunciarse sobre este fallo, hoy desestimado nuevamente.
Con información de EFE
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- Publicación : 13/09/2023 15:40 PM