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CIJ desestimò medidas cautelares contra Ecuador

CIJ desestimò medidas cautelares contra Ecuador

CIJ desestimò medidas cautelares contra Ecuador

CIJ desestimò medidas cautelares contra Ecuador


Desde la Redacciòn Hasta que caiga la Tiranìa.-

La Corte Internacional de Justicia (CIJ) desestimó este jueves la solicitud de Mèxico de la emisión de las medidas cautelares contra Ecuador en respuesta al asalto de su embajada en Quito, por considerar que no existe una “urgencia” o un “riesgo real e inminente”; aunque enfatizó “la importancia fundamental” de respetar la Convención de Viena.

En este sentido, esta instancia internacional consideró que “las garantías dadas” por Ecuador ya “abarcan las preocupaciones expresadas por México”.

Y advirtió que “las declaraciones unilaterales pueden dar lugar a obligaciones legales, y los Estados interesados pueden asumir las declaraciones unilaterales y confiar en ellas, y tienen derecho a exigir que la obligación así creada sea respetada”.

Durante las audiencias sobre las medidas cautelares, a inicios de este mayo, Quito se adelantó y anunció que ha dado “garantías” por escrito a México de que cumplirá con su deber de respetar y proteger a su personal y sedes diplomáticas, tal y como había solicitado el gobierno mexicano a la CIJ, evitando así verse objeto de órdenes de los jueces de la ONU.

Se incluyen “compromisos de proporcionar plena protección y seguridad a las instalaciones, propiedades y archivos de la misión diplomático de México en Quito, así como permitir el desalojo de dicha misión y de las residencias privadas de los agentes diplomáticos mexicanos”, señaló el presidente de la CIJ, Nawaf Salam.

Tomando estas premisas, el máximo tribunal de la ONU decidió que “las circunstancias tal y como son presentadas ante la Corte no son tales como para requerir el ejercicio de su poder” de indicar medidas cautelares contra el gobierno ecuatoriano tras asaltar la Embajada mexicana en Quito y detener a Jorge Glas, exvicepresidente de Rafael Correa (2007-2017), el pasado 5 de abril.

“Actualmente no hay urgencia, en el sentido de que no existe un riesgo real e inminente de perjuicio irreparable a los derechos reclamados” por México, añadió Salam, quien leyó el fallo.

Aunque destacó “la importancia fundamental del principio consagrado” en la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas, y recordó a Ecuador que se presume “su buena fe en el cumplimiento” de las garantías dadas a México.

“Estas garantías son especialmente importantes durante el período necesario para que México desaloje las instalaciones de su Embajada en Quito, así como las residencias privadas de sus agentes diplomáticos. La Corte considera que las garantías dadas por el Agente de Ecuador en nombre de su gobierno, que se dieron públicamente ante la Corte y se formularon de manera incondicional, son vinculantes y crean obligaciones legales para el demandado”, añadió.

Previo al tèrmino de la sesión, Salam anotó que “no hay requisito más fundamental para la conducción de las relaciones entre los Estados que la inviolabilidad de las misiones diplomáticas y embajadas” y recordó que, a lo largo de la historia, “naciones de todos los credos y culturas han observado obligaciones recíprocas con ese propósito, en particular la institución de la diplomacia con sus privilegios e inmunidades asociadas”.

En abril, México acusó a Ecuador ante la CIJ de violar sus obligaciones con el Pacto de Bogotá, la Convención de Viena de Relaciones Diplomáticas, la carta de la Organización de Estados Americanos y la Carta de Naciones Unidas.

Es de recordar, que las medidas cautelares se dictan, en caso de necesidad, en una fase provisional, antes de entrar a valorar el fondo del caso, por lo que esta decisión no es una sentencia sobre la admisibilidad del caso, o sobre la existencia o no de las violaciones alegadas por México contra Ecuador, cuestiones que se tratarán más adelante, aún sin fecha.

Con informaciòn EFE